Nuestro presentador, Manuel Pérez Peña, en el programa Tu Abogado en la Radio ha respondido a dudas sobre el divorcio. Aquí recopilamos las cuestiones más destacadas.

P: ¿Es lo mismo separación que divorcio? ¿Es un sinónimo?

R: Separación y divorcio es totalmente distinto. A efectos legales es lo mismo, hay una ruptura total de la sociedad de gananciales que desaparece y cada uno puede hacer su vida como quiera, pero sigue casado, el vínculo matrimonial sigue existiendo. España es el único país que puede permitirse el divorcio de una sola vez, de golpe, sin necesidad de pasar por separación. En eso somos mucho más avanzados que cualquier país de Europa.

En eso somos los mejores. Con lo que se consigue lo más importante, que el abogado no cobre el doble. Cuando yo empecé a llevar divorcios, cuando en España se instauró el divorcio en 1978 era necesario, primero, estar separado legalmente un año; o sea, contratar abogados para separarte, al año contratar abogados para divorciarte y otra vez una nueva pelea ,un nuevo juicio y una nueva disputa.

Todo el mundo dice me caso en separación de bienes. Caso error. El matrimonio en separación de bienes, como uno de los cónyuges ingrese dinero y el otro no, luego además de una pensión compensatoria, hay que pagar una indemnización a la persona que no está trabajando del matrimonio.

P: Me gustaría saber si puedo divorciarme sin que la otra persona lo sepa. Él vive con su madre desde hace tiempo y estoy por cobrar mi pensión.

R: Lo primero, si vive con su madre, ¿qué más da que se entere o no se entere? Como es lógico, la respuesta tiene que ser no otra que el divorcio, evidentemente, no consentido, pero sí tiene que ser conocido por quién se divorcia. Tiene que notificarse la demanda como cualquier otra. Me gustaría que me llamara y ver en particular qué problema tiene. Si es que tiene miedo… pero si vive con su madre y usted vive sola, que se entere todo el pueblo, que se entere la prensa, que me he divorciado y presento la demanda, ¿no?

P: ¿Cuánto es el porcentaje que te toca por cada niño de pensión alimenticia?

R: Muy buena pregunta. Antiguamente era un porcentaje: por el primer hijo un 20% de lo que es neto, por dos hijos el 30%, por tres hijos, entre el 45% y el 50%, y a partir de ahí, tenga lo que tenga, es el 50% de lo que ingresa. Pasa a pagar lo mismo por 4 hijos de por 18. Espero que no tengas más de dos. Y existe una calculadora. Si pones en Google: calculadora pensión alimenticia, te sale una calculadora de la página del Consejo General del Poder Judicial, donde puedes rellenar una serie de datos, muy pocos, y te sale lo que tiene que pedir.

P: ¿Cuánto tiempo podría darme un juez para ver a mi hijo por convivencia?

R: Lo que quiera. Hoy en día la justicia, tanto española y en especial la sevillana y la andaluza, está fenomenal. Todo depende del tiempo que tú tengas para dedicar a tus hijos, como siempre. Y me gusta mucho la palabra convivencia. Si en este país quitáramos el término “custodia”, “custodia compartida”, “guarda y custodia”, y habláramos de periodos de convivencia, habría menos peleas y todo sería mejor. La convivencia, tú pide aquella en la que puedas dedicarte a tu hijo al 100%, restando evidentemente el tiempo de trabajo.

P: Mi abogada me hizo firmar, antes del divorcio, una cuota alimenticia por encontrarse ella con un problema psicológico, ¿puedo dejar de pagar esa cuota?

R: No. Si has firmado un convenio, y a ti nadie te obliga a firmar. Cuidado, esto me va a servir para todo aquel que tenga en mente un procedimiento de divorcio. La firma en un convenio regulador, o en un acuerdo en sede judicial, la hace tu mano con un bolígrafo que no tiene vida, es decir, la haces tú.

Además, Manuel Pérez Peña añadía una anécdota: Cuando fui a un juicio contencioso, me metió el juez en una sala y me dijo: “señor letrado hay que llegar a un acuerdo”. Le digo: “¿por qué?” Si llevo seis meses sin entenderme con el compañero. Que por cierto, me llevo bien con él, pero no nos ponemos de acuerdo. Señoría en 10 minutos no pretenda usted un acuerdo. “Salga usted y hable con su cliente”. Y yo salgo y le digo: “Buenos días, si te pregunta el juez si has hablado conmigo dile que sí”. Yo no puedo decirle a mi cliente, como me propuso el último juez: “señor letrado, tanto periodo de convivencia no hace falta con el padre”. Y yo le dije: “¿por qué no? Pues señor letrado…” y empezó a gritarme. Dije: “Señoría, ¿se va a grabar esto?”. Porque yo sé que los juicios se graban, pero este acuerdo también. Y se enfadó conmigo. “Siéntese”. Me senté y se celebró el juicio. “Salga usted a hablar con su cliente”. Salí a hablar con mi cliente, le di los buenos días, pasamos dentro, celebramos y la sentencia fue favorable a mí.

Para responder más consultas, estamos todos los jueves de 19:00h a 20:00h en directo.

Teléfono de contacto: 644384496.

Para más información: http://separacionsintraumas.com/.

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