La Audiencia de Sevilla ha estimado un recurso interpuesto por un banco contra una sentencia previa del Juzgado de Primera Instancia número tres de Utrera. Esta sentencia condena a la entidad financiera a indemnizar a uno de sus clientes por los “daños morales”. Todo esto se deriva a “incluir y mantener sus datos registrados en ficheros de morosos” sin haber cumplido el “requisito”.

Gracias a la demanda de uno de sus clientes, el Juzgado de Utrera condena a la entidad financiera a abonar al reclamante una indemnización de 6.000 euros. La Sección Octava de la Audiencia aborda un recurso de apelación promovido por el Banco Santander en contra del Juzgado de Utrera. Finalmente, la Audiencia de Sevilla estima el recurso del Banco Santander, reduciendo de 6.000 a 3.000 euros la indemnización.

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