El Tribunal Supremo ha determinado la nulidad de los recursos presentados por un hombre y una mujer, acusados por vender cocaína. La Audiencia de Sevilla los ha condenado a cuatro años de cárcel para él y tres para ella, por un delito contra la salud pública. La venta de las papelinas se llevaba a cabo en la vivienda del varón y en sus inmediaciones.





En la sentencia emitida el pasado mes de junio, el Supremo precisa que la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla condenó al hombre a cuatro años de prisión por dicho delito. Sin ir más lejos, se agravan los cargos por reincidencia, aunque cuenta con el atenuante de la drogadicción. Además tendrá que abonar una multa de 450 euros.

Esta misma Sección Séptima condenó también a la mujer con tres años de prisión, 350 euros de multa y el atenuante de drogadicción.





Entre julio de 2018 y enero de 2019, los dos sujetos se ocuparon de vender sustancias estupefacientes en el domicilio del hombre y su cónyuge. Esta última también fue acusada, pero resultó finalmente absuelta.

La Audiencia, que cuenta con pruebas de todo lo que se les acusa, asigna a los dos condenados hasta once intercambios de droga por dinero, especificando la venta de pequeños envoltorios de dicha droga.

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